Hay una guerra en torno al pago de derechos de autor entre SGAE y las televisiones. El último episodio ha sido el fallo de la Audiencia de Madrid al recurso planteado por las televisiones privadas a una sentencia de diciembre de 2015. Ahora a Tele5 y Atresmedia la justicia les ha dado la razón: hay que revertir el nuevo sistema de reparto de derechos de autor por el pago según la franja horaria en la que se emita una determinada canción.

 

El frente interno

En marzo del año 2016 dimitió como presidente de SGAE José Luis Acosta. Las cuentas de la entidad de gestión fueron rechazadas por la asamblea dos veces consecutivas, a lo que se añadió que los socios rechazasen en una asamblea extraordinaria reformar los estatutos de la sociedad, algo a lo que la última reforma de la Ley de Propiedad Intelectual obligaba.

Acosta fue víctima del choque entre las editoriales musicales, que supuestamente fueron el apoyo del guionista de la serie Ana y los siete y presidente de la entidad, y los músicos liderados por el que es ahora presidente de la sociedad, José Miguel Fernández Sastrón. Acosta sufrió un bloqueo a todas sus propuestas y cuentas en las asambleas por parte de Sastrón, pero el problema de las franjas horarias venía de antiguo.

 

Las franjas horarias de las televisiones

En febrero del 2015 la junta directiva de la SGAE aprobó antes de las elecciones que finalmente ganaría José Luis Acosta la modificación de las franjas horarias, que afecta al reparto de derechos de autor que genera la música en televisión. Se intentaba acabar así con lo que se conoce como la Rueda: las televisiones emiten música de madrugada que les genera derechos de autor ya que es de sus propias editoriales, y así revierten parte del dinero que tienen que pagar a SGAE.

Esa decisión de la Junta sobre las franjas se tomó después de que en asamblea no se obtuviera una mayoría suficiente para modificar las franjas. Diario16 ha entrevistado a Mónica Sevil, abogada especializada en propiedad intelectual y una de las mayores expertas en derechos de autor de España. Sevil valora de forma muy positiva la sentencia porque da por válida la decisión tomada por la asamblea general de socios de SGAE”.

 

SGAE y multinacionales discográficas

La abogada explica que “la mayoría de los ingresos que recauda la SGAE son los pertenecientes a los autores de música del llamado Pequeño Derecho, es decir la música no sinfónica, que por otra parte es la que más autores tiene afiliados a SGAE”. Sin embargo, para Sevil hay un problema en el seno de los órganos de gobierno, ya que “a pesar de que la mayoría de los ingresos, como he dicho, proceden de la música de Pequeño Derecho, sus representantes no tienen mayoría en los órganos de gobierno, tal y como está establecido en los estatutos”.

Esto provoca que representantes de otros colegios profesionales dentro de SGAE decidan en el reparto entre los autores de música sin el consenso de estos últimos. Para Sevil “esta distorsión a quienes favorece es a los editores de música de las multinacionales discográficas (Warner, Sony y Universal principalmente), que siempre tienen sus escaños en los órganos de dirección, dada la gran facturación que acumulan”. En SGAE el número de votos en la asamblea general está determinado por el dinero que recibe un autor o editor, por lo que la máxima de “un socio un voto” no se aplica en SGAE, con los problemas que ello conlleva.

 

Editoriales musicales de primera y de segunda

La complejidad de la presencia de editoriales en el seno de una sociedad de autores se agrava con las editoriales de las televisiones. Los estatutos de SGAE no permiten acceder a estas a la Junta Directiva ya que se considera que son usuarios del repertorio y esto supone una incompatibilidad. Pero la abogada Mónica Sevil opina que las editoriales de las “multinacionales discográficas también lo son” pero consiguieron incluir en los estatutos una excepción para poder acceder a la Junta.

La modificación del reparto que ha tumbado la justicia beneficiaba sobre todo a la música que sonaba en la franja de máxima audiencia o prime time. Pero la Ley de Propiedad Intelectual establece que los derechos se repartirán en función de la utilización y no la audiencia o los ingresos publicitarios, algo que denuncian los críticos con la Rueda y las editoriales de las televisiones. A pesar de esta sentencia todos los frentes siguen ahora mismo abiertos: dentro de SGAE entre autores y editores y fuera de la entidad de gestión entre editoriales multinacionales y televisiones.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre