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Seis meses de cárcel para la alcaldesa madrileña que compró bolsos con la Visa del Ayuntamiento

El Tribunal Supremo recuerda que la compra de los bolsos se hizo sin cobertura presupuestaria y sin justificar su motivación y destino

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análisis

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis meses de prisión y multa de 450 euros impuesta a la exalcaldesa del Partido Popular de Serranillos del Valle, en la localidad de Madrid. Se le acusa de un delito de malversación de fondos públicos, por comprar con una tarjeta Visa Oro, de la que era titular dicho Ayuntamiento, dos bolsos en una tienda de la calle Serrano, de Madrid, por importe de 370 euros.

Un jurado popular de la Audiencia de Madrid, señala que Olga Fernández, alcaldesa del Ayuntamiento mencionado desde el 14 de junio de 2003 hasta el 10 de junio de 2011, hizo un mal uso de la tarjeta de crédito Visa Corporate Oro titularidad del Ayuntamiento y asociada a una cuenta corriente de la entidad BBVA, tal y como indican desde el Poder Judicial.

De acuerdo con los hechos probador, el 7 de octubre de 2010, la alcaldesa acudió al establecimiento «Purificación García«, donde “aprovechándose de su condición de Alcaldesa, con la tarjeta Visa Corporate Oro arriba mencionada, entregada para el ejercicio de sus funciones públicas, adquirió dos bolsos por importe de 370 euros. Lo destinó a un fin ajeno a la función pública y finalmente, la acusada no ha reintegrado el importe de los referidos bolsos dentro de los diez días siguientes a la incoación del presente procedimiento”, indica la resolución.

Olga siempre ha mantenido su postura, alegando que los bolsos que adquirió no eran para uso personal sino que se trataba de un regalo para dos funcionarios de la Consejería de Hacienda por su buen trabajo. En su declaración alegó que el valor de los bolsos eran gastos de representación incluidos en una partida del presupuesto. Sin embargo, esta versión nunca ha sido respaldada por la Fiscalía que en el juicio, solicitó para ella dos años de prisión y suspensión de empleo y cargo durante ese mismo periodo de tiempo

La condenada recurrió primero ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y posteriormente ante el Tribunal Supremo. Ambos han confirmado el fallo y mantienen la condena ya que la compra se efectuó sin cobertura presupuestaria y sin justificar su motivación y destino.

La sentencia mantiene que Olga Fernández se aprovechaba de su condición de Alcaldesa. Se aprovechaba de su posición, es la expresión que ejemplifica el Diccionario de la Lengua Española, en la acepción que define esta forma pronominal como sacar provecho de algo o de alguien, generalmente con astucia o abuso”, recoge.

El fallo también resalta que la exalcaldesa es licenciada en derecho, tiene un master y previamente ejerció como Concejal, por lo que conoce que esa compra no puede realizarse sin una partida presupuestaria que la respalde. 

Acompañado del cambio de versiones sobre el destino de los bolsos y la insuficiencia justificativa del ticket aportado, impiden concluir la ausencia del conocimiento sobre la falta de cobertura presupuestaria y la ajenidad a la función pública. La ausencia de dolo no es equiparable a la confianza en que ese ilícito actuar no sería fiscalizado”, dice el Supremo.

Añade que la escasez de la cuantía determina la aplicación del tipo atenuado del delito de malversación del artículo 433 del Código Penal (previsto cuando el valor de los bienes apropiados sea inferior a 4.000 euros), pero no la inexistencia del perjuicio; ni el hecho de que el importe inferior a 400 euros supone que deba aplicarse un inexistente delito leve.

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