La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la retroactividad de las clausulas suelo se dará a conocer el 12 de julio. Pero las recomendaciones de la Comisión Europea y del BCE sobre la necesidad de que la banca española provisione fondos para este asunto, hace pensar que el TJUE resolverá eliminar las clausulas suelo desde el mismo momento en que se firman las hipotecas. Es decir, la tan temida retroactividad total.

De confirmarse lo que todos empiezan a advertir, la retroactividad total de las clausulas suelo costará a la banca en torno a los 7.600 millones de euros. Algunas entidades ya han devuelto parte de ese dinero aunque se han limitado a recoger la sentencia del Tribunal Supremo español que dice que sólo se debe devolver las cantidades indebidamente cobradas desde el 9 de mayo de 2013, fecha de la primera condena a BBVA, Cajamar y Abanca. El Supremo entiende que ir más lejos en la retroactividad “supondría un serio perjuicio al sector que podría llegar a la necesidad de un nuevo rescate con dinero público”. Muchos clientes que han recibido lo que en los bancos llaman “indemnizaciones compensatorias” en concepto de cobro indebido de intereses como consecuencia de las clausulas suelo, – término éste de las indemnizaciones compensatorias muy cuestionado por los expertos, sobre todo por las consecuencias fiscales que puede tener-, están esperando a conocer la sentencia de Luxemburgo para reclamar el dinero que todavía les deben. Otros, en cambio, no han visto ni un euro y pueden recibir cantidades que pueden oscilar entre los mil y diez mil euros. Otra incógnita que debe despejar el TJUE es si la totalidad de las clausulas suelo se califican de abusivas o sólo una parte de ellas. A este argumento se acogen bancos como el Sabadell, que dice que sus clausulas suelo “son transparentes y el cliente está perfectamente informado desde la firma notarial de sus consecuencias” por lo que no las consideran abusivas y, por lo tanto, susceptibles de ser anuladas en los tribunales.

Lo que sí se advierte, diáfanamente, en las conclusiones del quinto informe postprograma del recate bancario elaborado por el Banco Central Europeo y la Comisión Europea, es que la banca debe provisionar fondos para hacer frente a la posible contingencia que puede surgir de la futura sentencia del Tribunal de Luxemburgo, cuyo primer dictamen se hará público el 12 de julio.

La sentencia obedece a una cuestión planteada por un magistrado de Jaén sobre una demanda presentada por un socio de Ausbanc en torno a la licitud de la clausula suelo contenida en su hipoteca. La asociación de Luis Pineda, expulsada del Consejo de Consumidores y Usuarios, no pudo presentar la demanda como tal por lo que oficialmente se la reconoce como “de un particular” a pesar de que el abogado que le representa es Daniel Pineda, hijo del presidente de Ausbanc.

A pesar de ello, la casi totalidad de jueces que en España tienen en sus manos demandas sobre las clausulas suelo están esperando esta sentencia, aunque sea promovida por un particular, para obrar en consecuencia. Además, hay que tener en cuenta que las resoluciones del TJUE sientan jurisprudencia.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre