Unas elecciones democráticas más, la ley D’Hondt repartirá de forma proporcional los escaños del Congreso de los Diputados, por lo que queda en evidencia de nuevo que el voto de un elector de Huelva no vale lo mismo que el que meta en la urna un ciudadano de Ceuta o de Madrid. Para repartir los 350 diputados del Congreso, se realiza una división territorial de 52 circunscripciones, las 50 provincias españolas más las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Cada una de las 50 provincias, al representar cada una una circunscripción, tiene asignados un mínimo de dos diputados. Ceuta y Melilla eligen uno cada una de ellas. Los 248 escaños restantes se fijan en proporción a la población de derecho. Así quedó establecido por la Ley Orgánica de Régimen Electoral General según lo aprobado en la Constitución de 1978.

Las candidaturas que no hayan superado el 3% de los votos totales son descartadas en el reparto y se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1, 2, 3… hasta un número igual al de los escaños de la circunscripción. Los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores en el cuadro, atendiendo a un orden decreciente.

El jurista y matemático belga Victor D’Hondt ideo este método en el siglo XIX utilizado en otros países como Francia, Finlandia, Argentina, Chile, Colombia o Ecuador para intentar garantizar la proporcionalidad entre los votos emitidos y la representación parlamentaria. Esta fórmula favorece claramente a los grandes partidos, aunque no es la única responsable de que se produzcan distorsiones en un reparto equitativo y justo en comparación con la división en circunscripciones pequeñas.

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