2 x 1 = 0,5. Esta cuenta matemática, que a priori parece tener una mala resolución, fue válida en Argentina durante mucho tiempo, y pese a que ya desde hace un tiempo dejó de serlo, volvió a tener vigencia. Voy a intentarme explicarme un poco mejor.

En el año 1994 las cárceles argentinas estaban superpobladas, realidad que con pequeños cambios se mantiene hasta hoy en día, por la tasa de delincuencia del país y por la tasa de rapidez con que la Justicia sancionaba a los delincuentes. En ese contexto, agudizado por un reciente motín violento que expuso de manera descarnada la realidad, el Congreso Nacional resolvió establecer una suerte de punto final en la temática y elaboró una ley, la 24390 que establecía en su artículo 1 que ‘ La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años. No obstante, cuando la cantidad de los delitos atribuidos al procesado o la evidente complejidad de las causas hayan impedido la finalización del proceso en el plazo indicado, ésta podrá prorrogarse un año más por resolución fundada que deberá comunicarse de inmediato al tribunal de apelación que correspondiese para su debido contralor.’ y en artículo 7 planteaba que ‘transcurrido el plazo de dos años previsto en el artículo 1, se computará por un día de prisión preventiva dos de prisión o uno de reclusión.’ Es decir se establecía el 2×1, que reducía la condena, bajo ciertas características, a la mitad de lo estipulado.

Siete años después de su sanción y tras la presión popular, el Parlamento resolvió avanzar con su derogación y los propios legisladores reconocían, según reseñan las crónicas periodísticas de la época, que ‘la norma no cumplió ninguno de sus objetivos: hoy hay en el país 10000 detenidos más que en 1994 y en la provincia de Buenos Aires, el 82 por ciento de los presos son procesados, según datos del Servicio Penitenciario Bonaerense.’

Pero por estos días, tras 14 años de su derogación, el doble cómputo para los procesados que estén más de dos años en prisión, la llamada ley del 2 x 1, vuelve a estar sobre el tapete por el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que le reconoce a un presidiario los beneficios de dicha norma.

En el denominado ‘Caso Muiña’ el máximo Tribunal decidió otorgar el beneficio de la ley más benigna al ex represor Luis Muiña y reconocerle la aplicabilidad de la Ley 24390. Si bien el fallo fue dividido y tiene la particularidad que el Presidente de la Corte se ubica entre la minoría de jueces, no es aplicabilidad directa para el resto de los represores enjuiciados y encarcelados, aunque no es menos cierto que marca una línea clara sobre el pensamiento de la Corte y, a primera vista, denota un cambio de postura de la misma. Cambio de postura que se da tras el nombramiento de dos jueces, Rosatti y Rosenkrantz, por el Ejecutivo actual con apoyo de la mayoría peronista en el Senado nacional, y tras la no apelación del Gobierno encabezado por Mauricio Macri del planteo iniciado por Highton para permanecer en el Tribunal pese a haber cumplido la edad máxima prevista en la Constitución Nacional. Es dable presumir, entonces, que el Gobierno nacional no vería con malos ojos este cambio de postura. Si esta asociación de idea no es correcta, el Gobierno debería haberse manifestado clara y contundentemente marcando su disconformidad con el fallo, pero no con las declaraciones dubitativas del Secretario de Derechos Humanos o el Ministro de Justicia, sino de manera tal que la ciudadanía sepa que no se resquebrajó la unidad sobre la temática.

Tras unos días de silencio, lo hicieron el Jefe de Gabinete Marcos Peña y la Gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal, lo cual es un avance en la cuestión, pero en un país tan presidencialista y paternalista, donde el Gobierno se reconoce fundamentalmente en la figura del Presidente de la República, es preciso que se pronuncie Mauricio Macri.

Como señala Ricardo Lorenzetti en su voto en disidencia, una interpretación de la ley penal más benigna, en el marco de una ley derogada como en este caso, ‘es insuficiente para dar una solución adecuada a un tema de indudable relevancia institucional’. Y en similar sentido se han pronunciado los tres poderes del Estado en numerosas oportunidades, al afirmar que los crímenes perpetrados por el Estado durante la dictadura militar son de tal gravedad que no admiten la posibilidad de amnistía, ni de indulto y no se aplica la prescripción, es decir, son imprescriptibles, y como tales, no pueden tener el mismo tratamiento.

Este fallo de la corte es un grave retroceso en el consenso que la sociedad argentina, tras muchos años y mucho sufrimiento, logró construir en torno a la cuestión la violación de derechos humanos durante la segunda mitad de la década del 70 y los inicios de la década del 80 del siglo pasado. Pero lamentablemente no es el primer fallo en ese sentido. Como bien recuerda la ex integrante de la CONADEP Graciela Fernández Meijide, ‘nos olvidamos que en 2013 ya había ocurrido (…) no hubo tanto escándalo como ahora, ni se discutió el fallo’, aunque cierto es que tampoco tuvo la difusión mediática que hubo en este caso, puesto que el gobierno de Cristina Fernández, ocupado en generar un relato edulcorado, se encargó que no se supiera. Incluso en este caso, la ex Presidente afirmó que ‘este fallo no se hubiera dado en el gobierno anterior…’, pero miente, porque durante su segundo mandat, la Corte Suprema falló el 6 de agosto de 2013, declarando inadmisible el recurso extraordinario que había presentado el fiscal Eduardo Ezequiel Casal para evitar que acotaran la pena de Antonio Herminio Simón, y avalando en consecuencia la aplicación del 2 x 1.

Es necesario recuperar la verdad y luchar contra ella. Esto no se consigue ocultándola ni construyendo relatos ficticios. Este tema debe estar fuera de la arena electoral y no prestarse al manoseo que propone la ex Presidente.

Para decirlo claramente, los genocidas tienen que estar presos en una cárcel común y cumplir su condena, cualquier otra alternativa, tras los avances que hemos logrado como sociedad, sería una claudicación ética indefendible.

Para que 2 x 1 siga siendo 2, y por cárcel común, perpetua y efectiva para todos los genocidas. Poque como dice la convocatoria a la marcha del próximo miércoles 10 de mayo en todas las plazas argentinas, ‘Señores jueces: Nunca Más. Ningún genocida suelto. 30 mil detenidos desaparecidos presentes´.

 

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre