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Los pretextos y el incendio del Reichstag

Alberto Vila
Alberto Vila
Analista político, experto en comunicación institucional y economista
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análisis

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Sabido es que resulta ilustrativo volver la vista al pasado para encontrar episodios que permitan  reflexionar sobre los sucesos presentes. Siempre algún hilo causal de ciertos hechos históricos nos llevará al núcleo de la cuestión: la calidad democrática.

El 27 de febrero de 1933, en Berlín, se incendia el Reichstag, el parlamento alemán. Un joven comunista holandés fue culpado del suceso por el gobierno de Adolf Hitler. Los historiadores más serios, una vez concluida la guerra, atribuyeron la planificación del suceso al entorno del nazismo. El historiador estadounidense William L. Shirer recoge una declaración jurada del general alemán Franz Halder, donde este afirma que Hermann Göring en el juicio de Nüremberg, se jactó acerca del incendio. Ese episodio fue el justificante del conocido como Decreto del Incendio del Reichstag, del 28 de febrero, por medio del cual los nazis obtuvieron poderes absolutos bajo una apariencia de legalidad. 

Debemos mentar entonces al segundo instrumento jurídico del nazismo: la “Ley para solucionar los peligros que acechan al Pueblo y al Estado”, en alemán: Gesetz zur Behebung der Not von Volk und Reich. Esta norma fue popularmente conocida como la Ley Habilitante de 1933, Ermächtigungsgesetz. Su aprobación por el Parlamento Alemán tuvo lugar el 23 de marzo de 1933. Ello, con la curiosa circunstancia de proceder a encerrar en campos de concentración a todos los diputados del Partido Comunista Alemán. 

Las consecuencias de esta ley fueron gravísimas, pues el gobierno presidido por el canciller Hitler dispuso de libertad para aprobar toda clase de normas legales, inclusive yendo en contra de la propia Constitución vigente. Este documento provenía de la República de Weimar. La ley concedía al gobierno de Hitler el derecho a aprobar leyes sin la participación del parlamento, lo que supuso de facto el fin de la democracia, de la República de Weimar y de su Constitución.

El momento actual del conflicto catalán no hace presagiar nada bueno en términos de paz social. La aplicación de instrumentos que evocan marcos legales ambiguos, como el referido con anterioridad, máxime si carecen de desarrollo reglamentario, dejan en manos de un gobierno que ha cometido error tras error y transgresión tras transgresión, incluida su caja B, en disposición de cometer acciones aún menos afortunadas que las que puso en práctica en esta y otras cuestiones.

El pactar fuera del parlamento no es un buen indicador. La fuente de la legalidad no reside en la Moncloa, ni en el Palacio de la Zarzuela, su seno exclusivo son las Cortes de España. Esta manera de gestionar la crisis extraparlamentariamente, sólo evidencia las conocidas deficiencias democráticas del PP. Esta circunstancia, por tanto, no lo legitima adecuadamente frente a los excesos del sector independentista de la sociedad catalana. Tampoco, el pretender utilizar esta situación como pretexto de aventuras aún menos afortunadas.

La gravedad de los hechos puede empeorar. Aún, unos y otros, siguen confundiendo legalidad con legitimidad… y lo sufriremos todos y todas.

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