Si se aprueba la Ley que el Gobierno quiere presentar al parlamento el año que viene, los jueces dejarán de instruir las investigaciones de tipo penal. Serán los fiscales los que se encargarán de confeccionar las diligencias previas y los magistrados de garantizar que dichas diligencias se llevan a cabo conforme a la Ley. Así lo ha anunciado el ministro de Justicia, Rafael Catalá, que, de todas maneras, ha matizado que “el cambio, debido a su calado, llevará su tiempo”.

La idea no es nueva. En casi todos los países de Europa son los fiscales los que se encargan de instruir los sumarios que luego se estudiarán en los tribunales. Pero llevar a cabo en España una reforma semejante supone muchas modificaciones. En primer lugar la propia Lecrim, Ley de Enjuiciamiento Criminal. Dicha Ley ya fue modificada por el anterior ministro del PP, Alberto Ruiz Gallardón, aunque su entrada en vigor dependió, ya, de Catalá.

El objetivo de que los fiscales se hagan cargo de las instrucciones penales es agilizar la justicia en este país. La reforma de la Lecrim limita el tiempo de instrucción sumarial a seis meses. Sólo en los casos de “diligencias especialmente complejas” se puede prorrogar. De hecho, según indican a Diario 16 fuentes del Ministerio, la idea es que esas decisiones se mantengan en los jueces de los que dependerá la instrucción. Todavía no se sabe con exactitud como se les denominará aunque todo indica que serán “jueces de primera instancia”.

Aunque Rafael Catalá no ha querido especificar más en torno a esta importante reforma, fuentes del Ministerio de Justicia indican que se está estudiando la posibilidad de afrontar, también, lo que se intentó en la anterior legislatura pero quedó aplazado por falta de tiempo: una nueva división territorial. Se intentaría recuperar la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial en lo que se refiere a la introducción de los TPI, Tribunales provinciales de instancia. La introducción de los TPI en las capitales de provincia supondría la desaparición de gran parte de los juzgados locales de primera instancia. Serían 50 los tribunales de primera instancia, más uno en Ceuta y otro en Melilla. Cada uno de ellos constaría de cuatro salas: civil, penal, contencioso y social. Cada sala dispondría de unidades judiciales, los jueces unipersonales, y secciones para el conocimiento de un asunto que, por su relevancia, requiere el examen de tres jueces. Este mismo instrumento se aplicaría para la Audiencia Nacional.

Pero para llevar a cabo esta reforma hay que modificar la Ley de Demarcación y Planta. Desaparecerían muchos de los actuales partidos judiciales y, por lo tanto, las sedes de los juzgados de las localidades que son cabezas de dichos partidos. Y en el seno del PP hay cualificados dirigentes, como el presidente gallego, Núñez Feijóo, que se muestran contrarios a dicha desaparición.

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