El Defensor del Pueblo ha actuado de oficio 159 veces en Educación según el Informe Anual de 2016 presentado en la Comisión Mixta de Relaciones con dicha institución. Por detrás figuran la Prevención de la tortura, con 131 actuaciones de oficio y Política social, con 101.

Tal y como se desglosa en dicho informe, la institución liderada por Soledad Becerril acumula un total de 994 expedientes -entre quejas, actuaciones de oficio y solicitudes de interposición de recursos ante el Tribunal Constitucional- en el área de Educación. En este sentido, de los 994 quejas que los ciudadanos -ya sean de forma individual o grupal- han remitido al Defensor del Menor.

Lo que se traduce en que cada vez son más los ciudadanos y ciudadanas que acuden a esta institución para plantear quejas en cuanto a materia de educativa se refiere. Unas quejas que abarcan tanto la educación no universitaria como la universitaria y que se centran en problemas como las plazas educativas, las admisiones de alumnos, el estado de las instalaciones de los centros educativos, la ordenación académica, la educación inclusiva para alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, Acceso a la universidad y los títulos universitarios.

De todos ellos, la protección del alumnado con discapacidad ha sido el tema más demandado. De acuerdo a lo escrito en el informe del Defensor del Pueblo, las quejas interpuestas por los padres se basan en la dificultad de acceder a la universidad mediante el cupo de reserva.

Por este motivo, la institución de la defensora del pueblo, Soledad Becerril, actuó de oficio con todas las universidades públicas españolas y con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, tras comprobar que solamente 6 universidades, de las 47 consultadas, reservaban un determinado número de plazas de acceso a todos los niveles de posgrado (Grado, Máster y Doctorado) para los estudiantes con discapacidad. “Solamente las universidades Rey Juan Carlos (Madrid), Vigo, Huelva, Alicante, Granada y Valencia reservan este cupo de plazas para el acceso a todos los niveles)”. Mientras que “nueve reservaban el porcentaje solo para el acceso a máster (universidades Autónoma y Complutense de Madrid, Universidad de Extremadura y todas las universidades andaluzas, a excepción de la Universidad de Almería y Huelva”. El resto de las universidades expresaron al Defensor del Pueblo que cumplen con su legislación estatal, aplicando una reserva de plazas para personas con discapacidad para acceder al máster y doctorado, salvo la Universidad Politécnica de Madrid, “que no contemplaba la reserva del 5 % de plazas para el acceso a ninguno de los tres niveles”.

También existen universidades que no aplican este porcentaje de reserva de plazas, aunque todos los estudiantes con discapacidad que solicitaron una plaza para proseguir con sus estudios la consiguieron -la Universidad de Barcelona para obtener el acceso a máster y doctorado y Universidad de Córdoba para el acceso a doctorado-.

Ante esto, el Defensor del Pueblo formuló unas recomendaciones para que todas las universidades españolas incluyan en su normativa interna la reserva de al menos un 5% de plazas ofertadas para alumnos con discapacidad en el acceso a todos los estudios de posgrado (grado, máter y doctorado).

Por otra parte, el Defensor del Pueblo también tuvo que actuar de oficio ante la dificultad que algunos estudiantes se encuentran a la hora de acreditar documentalmente sus necesidades permanentes de apoyo educativo.

El informe publicado por dicha institución desvela que “El artículo 26 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, establece entre otros criterios de admisión la reserva de un porcentaje de plazas para su adjudicación a los estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, así como a los estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que durante su anterior escolarización hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa”.

No obstante, el Defensor del Pueblo inició actuaciones de oficio en las 15 comunidades, obteniendo respuesta por parte de 13 e indicando que solo dos comunidades autónomas (Barcelona y Castilla La-Mancha) llevan a cabo “un procedimiento específico que permite a estos estudiantes acreditar sus circunstancias de discapacidad a efectos de poder acceder a la universidad a través de este cupo de reserva”.

Extremadura informó que sí dispone de esos procedimientos específicos para que los alumnos puedan obtener “una acreditación relativa a su situación de estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad”. Pero indica que la Universidad de Extremadura solo aplica la asignación de reserva de plazas a estudiantes que acrediten una situación legal de discapacidad igual o superior al 33 %”. Es decir, que todos aquellos estudiantes que justifiquen únicamente sus necesidades educativas especiales y no su discapacidad, no tendrán acceso a la universidad a través del cupo de reserva.

En cambio, Aragón, que asegura no dispone de un procedimiento concreto a la hora de probar la situación de estudiantes con las necesidades educativas especiales ya citadas. Pese a ello, traslada su empeño de buscar una solución para desarrollar este tipo de acreditaciones. Una respuesta que contrata con la recibida por parte del gobierno balear, que no contempla la posibilidad de abordar esta cuestión.

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