Los únicos diputados del PSOE que se atrevieron a espetarle NO a Mariano Rajoy el día de su investidura han echado mano nada menos que de la Constitución Española para defenderse contra la multa de 600 euros impuesta por la dirección interina del partido, que obligó a sus diputados e el Congreso de los Diputados a abstenerse a un gobierno del Partido Popular: “Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones”. También recuerdan a los dirigentes temporales del partido que su voto es “personal e indelegable”. Pese a todo, la gestora desoyó estas directrices y quiso mostrar dureza contra sus propios diputados antes que con el PP.

la gestora desoyó estas directrices y quiso mostrar dureza contra sus propios diputados

El documento firmado de forma individualizada por todos los sancionados, entre ellos el vasco Odón Elorza, la aragonesa Susana Sumelzo o la ex magistrada Margarita Robles, es idéntico, aunque el de los que fueron apartados de portavocías de comisión han sumado al escrito de recurso un párrafo en el que lamentan haber recibido doble sanción pese a haber mostrado su plena disposición de seguir trabajando en el grupo parlamentario con las funciones asignadas.

Los siete parlamentarios del PSC, así como sus compañeros de Baleares o el fichaje estrella de Pedro Sánchez, la ex militar Zaida Cantera, recuerdan que se encuentran en una situación de indefensión porque la multa proviene de una decisión del presidente de la comisión de disciplina del partido que no se ha aportado y, por tanto, resulta imposible conocer los fundamentos en que se basa para imponer dicha sanción.

Los 15 diputados díscolos del PSOE sancionados subrayan que el comité director no puede acordar «ninguna de las sanciones» impuestas porque el reglamento interno de la Cámara defiende la inviolabilidad de sus votos y también su carácter de «indelegables». También recuerdan que el artículo 33 del Reglamento interno del Grupo establece la posibilidad de «la libertad por razones de conciencia, una vez oídas las razones del parlamentario o parlamentarios solicitantes».

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