La reclamación se presentó hace tres años, al entender los dos sindicatos mayoritarios en España que el Gobierno está vulnerando el Convenio 131 de la OIT en relación a la fijación de salarios mínimos.

El pasado mes de marzo del Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, celebró su 329ª reunión que aprobó el Informe del Comité tripartito encargado de examinar la reclamación que UGT y CCOO.

A pesar que la OIT no ha admitido las alegaciones de UGT y CCOO la perpetuación del incumplimiento denunciado, a pesar del incremento del 8% fijado para este año previo acuerdo con el PSOE. El informe solo valora los ejercicios 201y 2015

El informe se circunscribe, por tanto, a la situación durante los ejercicios 2014 y 2015.

UGT y CCOO acudieron ante la OIT para exigir el cumplimiento Convenio 131 en todos sus términos y particularmente en lo que se refiere a la fijación de un SMI que cubra las necesidades de los trabajadores y de sus familias, así como que dicha fijación se efectúe con un proceso de consulta exhaustiva con las organizaciones sindicales.

Los sindicatos denunciaban que:

  • El SMI había venido acumulando pérdidas del poder adquisitivo.
  • El SMI se encuentra muy por debajo del objetivo europeo del 60 por ciento del salario medio.
  • El SMI se había sido congelado desde el 2011 a un valor que no permitía un nivel de vida digno, sin que el Gobierno hiciera ningún esfuerzo para dar seguimiento a las recomendaciones que formuló la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones en 2013 en relación a tener plenamente en cuenta las necesidades de los trabajadores y de sus familias.
  • La falta de un “proceso que garantice la plena consulta y la participación de los interlocutores sociales en condiciones de igualdad” sobre fijación del SMI.

Según indica el informe de la OIT, “el Gobierno ha defendido su actuación escudándose en el contexto económico y financiero, en el número de trabajadores perceptores del SMI y en el carácter coyuntural de las decisiones de contención de la cuantía del SMI.”

El informe de la OIT se pronuncia sobre las reclamaciones varias peticiones al gobierno:

  • En consulta con los representantes de los trabajadores y los empleadores las necesidades de los trabajadores y de sus familias y los factores económicos de los apartados “ a) y b) del artículo 3 del Convenio y darles a cada uno de esos elementos el peso adecuado para determinar el nivel de los salarios mínimos.
  • La recomendación de que el Gobierno y los interlocutores sociales traten, en el marco del diálogo social, la reforma del artículo 27 del ET para asentar sobre nuevas bases la determinación anual del SMI por el Gobierno y para evitar que se produzcan pérdidas en el poder adquisitivo sobre la base de lo dispuesto en el artículo 3 del Convenio.
  • Que en todo proceso de fijación del SMI el Gobierno consultará exhaustivamente a las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, garantizando que las mismas tengan pleno conocimiento de todas las informaciones necesarias y cuenten con tiempo suficiente a los fines de fijar su posición. Obligación que el Gobierno viene incumpliendo reiteradamente.
  • Además le “invita” a que facilite información a este respecto, para su examen por parte de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones.

El Informe del Comité de Experto de la OIT, da un toque de atención al gobierno de España, cuando resuelve la reclamación de CCOO y UGT, que debería provocar un cambio en la política desarrollada hasta ahora, en la fijación del Salario Mínimo Interprofesional por el gobierno de Mariano Rajoy.

A pesar de incremento del 8% del SMI en acuerdo con el PSOE El incremento en 2017 sigue muy por debajo de los niveles requeridos desde un punto de vista de justicia social o de desarrollo económico. Al no garantizar las condiciones mínimas de subsistencia de una unidad familiar, y muy por debajo del objetivo fijado en la Carta Social Europea (60% del salario medio neto) y del promedio de los principales países de la UE.

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