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La fraudulenta, delictiva amnistía fiscal

Joaquín Rivas Nieto
Joaquín Rivas Nieto
Abandona sus estudios de ingeniería en 1972 para dedicarse plenamente a la pintura, su procedencia familiar que en parte le lleva a sumergirse en el pragmatismo de la ingeniería y la Arquitectura le marcan, aunque siguen siendo sus raíces las que establecen la línea de pensamiento, que aun habiendo llegado a una abstracción que podríamos definir como Lírica, siguen primando. Estudia en Madrid con diferentes pintores, ampliando posteriormente sus conocimientos con estancias en Nueva York, París, Londres, Marrakech, Essaouira y algunas ciudades de Italia, Alemania etc. Estudia Ortofónía, Música, Canto, Danza, Teatro y Cine. En Londres trabaja durante año y medio en estos apar¬tados, además de dedicarse al estudio de la pintura del Renacimiento que complementa realizando copias de Andrea del Sarto y Botticelli en la National Gallery, alternando con la investigación en la pintura contemporánea. Actúa como comisario de exposiciones en Madrid, Ciudad Real, Estrasburgo, Marruecos. Promotor y comisario de la I Muestra Internacional de Arte y Promotor, director y comisario de la II Muestra de Ciudad Real. En la actualidad aunque la pintura ocupa la mayor parte de su tiempo, es la escultura y el estudio de las nuevas tecnologías aplicadas a la creatividad en todas las facetas, simultaneando las diferentes técnicas y teorías de la expresión que le permitan percibir y generar obras con nuevas propuestas.
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análisis

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El nuevo gobierno nacido del rechazo y condena de la mayoría de los grupos parlamentarios, por la institucionalizada y viciada corrupción, no puede, ahora, mirar hacia otro lado, en el momento más necesario de obstaculizarla, atacarla en su raíz y recaudar lo que en su momento se defraudó. Tiene que atender la demanda social generalizada, es mandato de una muy amplia mayoría de los ciudadanos, exigencia imperiosa,   para nuestros representantes, que no es otra, que terminar con leyes y normativas que favorecen y permiten la impunidad de ladrones y gente de buen vivir a costa del erario público, y, conocer los que se acogieron a la ladina, ilícita, fullera, amnistía fiscal; muy cuestionada en su momento por toda la sociedad; fallada ilegal, fraudulenta, inconstitucional. Sólo con esto, su ilegalidad y, por esto, se debe anular todo el proceso del que se han beneficiado miles de defraudadores, a la postre delincuentes. Si la normativa, ley y proceder, no procede, no se ajusta a la justa razón ni a la ley, apostillo, declarada inconstitucional, automáticamente, en toda sociedad avanzada, justa, solidaria, valiente y moderna, se anula lo indebida y truhanamente pactado, su resultado y consecuencias.                                                                                                                               El Art. 451 del código penal, declara: “Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años el que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes”: 1.ºAuxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio. 2.ºOcultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento.

3.º Ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  1. a) Que el hecho encubierto sea constitutivo de traición, homicidio del Rey, de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, de la Reina consorte o del consorte de la Reina, del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero de la Corona, genocidio, delito de lesa humanidad, delito contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, rebelión, terrorismo, homicidio, piratería, trata de seres humanos o tráfico ilegal de órganos. Letra a) del apartado 3.º del artículo 451 redactada por el apartado centésimo trigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Vigencia: 23 diciembre 2010
  2. b) Que el favorecedor haya obrado con abuso de funciones públicas. En este caso se impondrá, además de la pena de privación de libertad, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años si el delito encubierto fuere menos grave, y la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años si aquél fuera grave.

Si aplicamos el art 451/1º, Montoro y el gobierno tenían que haber sido juzgados ya. Auxiliaron y favorecieron el fraude.                                                                                                                                   Si aplicamos el art 451/ 3.º b), se deduce con luminosidad, que lo que hizo Montoro y gobierno, abuso de funciones públicas para cometer delito, está penado con privación de libertad e “inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años si el delito encubierto fuere menos grave, y la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años si aquél fuera grave”.               Si esta normativa interesadamente tramposa, creada por sinvergüenzas amantes de lo ajeno, para favorecer de paso, a amigos y banda, no sólo protestada, rechazada, sino sentenciada en los tribunales como injusta, y dolosa para las arcas de los ciudadanos, no permite conocer los nombres, cosa que dudo, al menos, como las reglas a que se acogieron, no las cumplieron y cambiaron, no afloraron todo lo oculto ni pagaron ese 10%, que privadamente, el estado se lo cobre e informe lo recaudado. Lo que es de recibo es, revertir el proceso, invalidar, por lo inmoral y nada solidario procedimiento y pedir ahora, por imperativo ético y legal, que los defraudadores paguen lo que deben. La amnistía fiscal del gobierno ya defenestrado de Rajoy, con Montoro a la cabeza, es sin lugar a dudas una mega estafa más contra los ciudadanos y nuestro país. Ha permitido que los tramposos delincuentes amigos del gobierno y afines ideológicos, regularicen el dinero robado a los españoles. Ha capacitado, daño colateral dirán, que otros muchos miles de malhechores blanqueen el dinero ¿legalmente?. Esta prevaricación del gobierno del defenestrado Rajoy,, no puede quedar impune, no basta con la dura regañina del Constitucional, hay que llevarlo a los tribunales, aquí y en Europa, si fuese necesario. Éste infamante y degradante proceder, de Montoro y manada, debería ser más que suficiente, en un estado de derecho, en una democracia, para invalidar la amnistía en su totalidad, sospechada y confirmada su ilegalidad y, abrir una investigación para localizar lo defraudado aplicando la ley. Las reglas a que se acogieron, no las cumplieron, no afloraron todo lo oculto y defraudaron en lo que amnistiaron, ni pagaron ese 10%. Con toda lógica y razón se debería anular automáticamente el acuerdo, pues no hubo cumplimiento por ninguna de las partes, no se llevó a cabo dicho acuerdo; por el camino, desde sus cloacas, hicieron otro clandestino acuerdo; resultando, otra mega estafa, pues ninguna de las partes, repito, ni tan siquiera cumplió las condiciones pactadas en la clandestinidad, que el Constitucional sanciona, sí, pero, (que alucinados, boquiabiertos, asombrados, profundamente decepcionados y preocupados, vemos, comprobamos), ampara el fraude, nadie sale penalizado e impide su reversión, eso sí, le pone nombre; ilegal y fraudulenta amnistía fiscal. Y todos, bueno, ellos, tan contentos. Y una vez más, los responsables de este estafoso desaguisado, como en tantos otros, una vez finiquitado con éxito este negocio, su negocio, los veremos recompensados, viviendo a cuerpo de rey, con suelazos pagados, cómo no, por los pringados, humillados, avasallados, al parecer rendidos ciudadanos, nosotros. Toca espabilar, ¡ya!.

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