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Juana Rivas presenta querella contra Arcuri por falsificación de documento público

Los hijos de la pareja son españoles y no italianos como decía el padre acusado de maltrato

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análisis

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Juana Rivas no piensa derrumbarse ante la petición de la Fiscalía de una pena de 5 años de cárcel por sustraer a sus dos hijos este pasado verano. De hecho va a luchar “hasta donde haga falta para que se haga justicia”. Tanto es así que recientemente ha presentado una querella criminal contra su expareja por falsedad en documento público ya que el padre de sus hijos, para ganar tiempo, decía de ellos que son italianos “cuando nada está más lejos de la realidad. Mis hijos son españoles”, explica Juana.

Los abogados de Rivas han presentado ya la querella a la cual no ha respondido en el plazo legal los abogados de Arcuri.  Tal y como explica en exclusiva a este medio Juan de Dios, abogado de la madre de Granada, “el querellado expresa sobre la nacionalidad de los menores, como italiana y en absoluto identifica número de pasaporte ó carnet de identidad, y no aporta documento alguno de identificación de nacionalidad ó pasaporte de Italia, a diferencia del Sr. Arcuri, que sí aporta su certificado de Documento de nacionalidad italiano”, cuenta.

Según añade Juan de Dios “la finalidad de la falsificación de la solicitud de devolución de los menores, en cuanto a la nacionalidad italiana, no tenía otro objetivo que propiamente que se asumiese la competencia de ambos Estados para iniciar el procedimiento de sustracción de menores de nacionalidad italiana”.

Los hechos, tal y como resalta de Dios en la propia querella, son los que siguen: “Arcuri inicia a través del Ministerio de Justicia Italiano, una solicitud de devolución de menores de edad, Gabriel y Daniel, nacidos de su relación extramatrimonial con Juana. La solicitud la realiza personalmente con fecha 22 de agosto de 2.016. Esta solicitud del Ministerio de Justicia Italiano, consta en su lengua y traducido al castellano, conforme al modelo al uso en aplicación del Convenio de la Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.

Esta solicitud es la que realiza como autoridad central solicitante Italia y como autoridad solicitada España, en concreto al folio 2 de esta solicitud, el querellado expresa sobre la nacionalidad de los menores, como italiana y en absoluto identifica número de pasaporte ó carnet de identidad, y no aporta documento alguno de identificación de nacionalidad ó pasaporte de Italia, a diferencia del Sr. Arcuri, que sí aporta su certificado de Documento de nacionalidad italiano.

En cualquier caso, podemos afirmar que los menores Gabriel y Daniel, nunca han tenido documento de nacionalidad italiana ni pasaporte, ni la nacionalidad italiana. Esta solicitud de devolución de los menores a Italia, se dirige al Ministerio de Justicia del Gobierno de España con fecha 14.09.2016 y tiene su entrada esta solicitud en el Ministerio de Justicia del Gobierno de España con fecha 31.10.2016 y con fecha de entrada a la Abogacía del Gobierno de España, Servicio Jurídico del Estado en Granada, con fecha 02 de noviembre de 2.016”, recalca de Dios.

Por esta falsedad de documentación Rócio Nieto Sánchez procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de Juana Rivas Gómez, y con la dirección jurídica de los Letrados José Estanislao López Gutiérrez y Juan de Dios Ramírez Sarrión piden que se suspenda el procedimiento judicial iniciado a instancia de su clienta sobre medidas de guarda y custodia que conoció el Juzgado de Primera Instancia número 3 de los de Granada y con número de procedimiento judicial 1048/2016, que interpuso Rivas con anterioridad a la demanda de sustracción internacional por la Abogacía del Estado.

Ante la falsedad de la nacionalidad italiana de los menores los abogados de Juana quieren se aplique lo dispuesto en el tipo penal del Código Penal Español; “… aun cuando el certificado aparezca como perteneciente a otro Estado de la Unión Europea o a un tercer Estado o haya sido falsificado o adquirido en otro Estado de la Unión Europea o en un tercer Estado si es utilizado en España.”, tal y como figura en la querella”.

Por último señalar que exigen a Arcuri en la misma querella  “que se incoen diligencias previas y una fianza por la cantidad de 50.000 euros para asegurar la reparación de los daños morales y perjuicios inferidos y que en definitiva puedan declararse procedentes y de no prestarse en el término perentorio que se fije, se decrete el embargo de sus bienes suficientes para atender dichas responsabilidades pecuniarias, así como fianza de libertad provisional

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4 COMENTARIOS

  1. Más que de un problema real, parece una querella estratégica para anular el procedimiento judicial previo. Lo que me hace dudar sobre la posibilidad de que quizás la denuncia por malos tratos de 2016 desde España y no desde Italia fuera del mismo tipo. ¿Alguien sabe si ha presentado demanda de malos tratos en Italia en sus últimas visitas?

  2. No le conviene presentar una denuncia penal por violencia de género en Italia, si las leyes penales italianas no le otorgan las ventajas que tiene en España, que es obtener inmediatamente la custodia de sus hijos. Así obtuvo la custodia del mayor, y así lo ha intentado con el pequeño, frustrado por Arcuri. Además, parece que no tiene pruebas del maltrato en Carlofonte.

  3. He leído en varios medios que la abogada de Juana en Italia y el abogado sevillano dicen que no localizan la denuncia que puso Juana en España y que el pasado verano se remitió a Italia. No entiendo que aún no sepan nada, pero si tienen interés en que el asunto vaya adelante pueden intentar ponerse en contacto con el magistrado de enlace de España con Italia, que está para ayudar en las relaciones entre los Tribunales de ambos países.

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