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Ideología y creencias

Joan Martí
Joan Martí
Licenciado en filosofía por la Universidad de Barcelona.
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análisis

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El ejecutivo español (del PP) desde 1996 trabaja denodadamente, cuando está en el poder, en la configuración de un Tribunal Supremo francamente escorado a la derecha, conservador e incapaz de entender mínimamente la diversidad ideológica que existe en nuestro país y menos aún, los contrapuestos puntos de vista existentes en cuanto al modelo territorial. A la vista de lo cual, sería bueno preguntarse cómo se entiende en una sociedad democrática la libertad ideológica de jueces y magistrados.

El respeto a la ideología de las personas aparece en todos los tratados internacionales y en el art. 16 de la Constitución apartado 1 y 2. Y como los jueces y magistrados son personas tienen libertad ideológica, naturalmente.

¿Tenemos libertad ideológica? ¿Qué quiere decir tener libertad ideológica?

Dos interpretaciones posibles: una está vinculada a la idea con cuáles son las creencias de los individuos. Yo tengo libertad absoluta para construir mis propias creencias. Yo puedo pensar lo que quiera y el Estado no puede intervenir.

Muchas veces en derecho se establecen garantías. Uno no puede preguntar a un ciudadano sobre sus creencias. Normalmente a esta idea se la denomina libertad de pensamiento. La libertad de pensamiento es casi una tontería. Usted piense lo que quiera. Yo, además, yo Estado, no le voy a preguntar sobre lo que piensa. Quiere usted tener creencias falsas hágalo, (todos los encausados en el 1-O lo son por sus creencias falsas, claro). Y además la libertad de pensamiento está garantizada en todas las constituciones. Todas, todas… quizás sobre el papel.

Dos, la libertad ideológica no sólo es eso en los textos modernos de las constituciones añade además que el individuo pueda exteriorizar con acciones u omisiones lo que piensa.

Esto sí que tiene que ver con la libertad ideológica. Si yo rompo fotos y banderas, estoy manifestando mi libertad ideológica, igual que si digo que Catalunya es una nación, así que ojo con…

Porque o es libertad de pensamiento, y esto tiene poco recorrido, o es libertad para hacer, para hacer que acciones u omisiones, motivadas causalmente por mis propias creencias. Sin interferencias, en las acciones, excepto para evitar daños a terceros.

Que pasa ahora con los jueces y magistrados tienen la misma libertad que los ciudadanos o determinadas ideologías esto es creencias o pensamientos de los jueces y magistrados, hacen que se comporten de tal manera que no puedan cumplir con el entramado normativo que se les exige.

La ideología no es una razón para excluir un candidato para formar parte del Consejo General del Poder judicial. Ni de recusación. En las leyes procesales la ideología no es causa de recusación de ningún tribunal. ¿Por qué?, por libertad ideológica.

Problemas que conlleva mantener esta tesis: Que creencias son incompatibles con juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en contextos como los nuestros.

La primera limitación ideológica de un juez o magistrado está en las creencias falsas. Un juez o magistrado no puede tener creencias manifiestamente falsas. Alguien podría decir que un individuo es imposible que no tenga creencias falsas. Estoy de acuerdo. Pero hacer hincapié en el adverbio, manifiestamente reduce mucho el ámbito en el que se puede tener creencias erróneas.

No es necesario recordar a Voltaire con su desprecio mostrado cuando criticó los jueces que condenaron a Galileo por ser unos jueces muy ignorantes. Tres o cuatro siglos después el Papa tuvo que decir que fue un error, claro. No sólo fue un error de los que le condenaron sino que además fueron jueces muy ignorantes. No queremos este tipo de jueces o magistrados que defienden o mantienen decisiones o creencias manifiestamente falsas. Y eso que es excusable en un ciudadano nunca lo puede ser en un juez.

No puede haber jueces que mantengan creencias manifiestamente falsas. No sólo en materias como es el mundo sino también en cuestiones históricas e institucionales. Una persona que niegue el Holocausto no puede ser juez ni magistrado. Una persona que niegue que el régimen del Estado español, como mínimo, entre 1939 y 1975 era totalitario y algunos además añaden sanguinario, no puede ser juez ni magistrado. Una persona que niegue las desapariciones en el cono sur americano en la década de los setenta o los ochenta no puede ser juez ni magistrado. ¿Por razones ideológicas? Sí por razones ideológicas. Tiene creencias falsas.

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