FACUA pone de manifiesto una posible vulneración a la intimidad en una encuesta del INE

El Instituto Nacional de Estadística está obligando a responder una encuesta sobre fecundidad, algo prohibido por la normativa por vulnerar la intimidad de los usuarios

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FACUA Consumidores en Acción ha lanzado un comunicado donde piden protección a los usuarios ante una encuesta del Instituto Nacional de Estadística (INE) en relación a la fecundidad. Por ello, se han dirigido a la Agencia Española de Protección de Datos para que resuelva la posible vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Señalan que el INE está haciendo la mencionada encuesta de participación obligatoria, algo que está prohibido cuándo recogen datos e información de carácter íntimo y personal.

Ante la información publicada por el diario Público, dónde indican que los participantes están obligados a responder el cuestionario, FACUA ha reaccionado. A través de un escrito, insisten en que se podrían haber recabado “datos especialmente protegidos” sin el consentimiento expreso de los encuestados.

De este modo, la asociación pide al INE que “paralice la realización de la encuesta, la modifique para que sea voluntaria y elimine todos los datos que haya recogido hasta el momento”. Y es que, los datos se han obtenido “vulnerando el ordenamiento jurídico vigente, pues los ciudadanos que hayan facilitado los mismos no lo habrían hecho por voluntad propia”.

Asimismo, FACUA subraya que los ciudadanos que han realizado la encuesta no lo han hecho de forma voluntaria, sino porque en la notificación que les enviaba el INE se les indicaba que tenían la obligación de cumplimentarla. El director de comunicación del organismo, Donald Peña, ha confirmado que el organismo está informando a los encuestados que la participación es obligatoria.

La asociación considera que podría existir una vulneración del artículo 11 de la Ley de la Función de Estadística Pública que establece que «serán de aportación estrictamente voluntaria los datos susceptibles de revelar el origen étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o ideológicas y, en general, cuantas circunstancias puedan afectar a la intimidad personal o familiar».

De igual forma, se podrían estar vulnerando principios constitucionales básicos como el derecho a la «intimidad personal y familiar», recogido en el artículo 18 de la Constitución Española, o el derecho «a la dignidad de la persona», que establece el artículo 10.

Además, también podría existir un incumplimiento del artículo 7 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, que obliga a pedir el consentimiento expreso de los ciudadanos para recabar «los datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión y creencias». 

El último modelo de encuesta de fecundidad se realizó en 1999 y en la ficha técnica del mismo se indica que “la participación en esta encuesta ha sido voluntaria» y que «la Agencia de Protección de Datos ha dado el visto bueno al contenido de los cuestionarios”.

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