El juez Eloy Velasco, que en las últimas fechas se ha erigido en azote del PP en las operaciones de corrupción, LEZO y PÚNICA, tiene sus días contados al frente del Juzgado de Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional. Concretamente al juez le quedan, a lo sumo, 15 días. Menos.

El Consejo General del Poder Judicial le ha concedido el traslado, que él mismo anunció en fechas pasadas, a la nueva Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional. Desconocemos si el PP ansiaba este nombramiento por parte del órgano regidor de los Jueces o no, pero lo cierto es que Eloy Velasco, será quien ocupará uno de los sillones de magistrado de la nueva junto con otro famoso magistrado: Enrique López.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha resuelto este miércoles el concurso de traslado para magistrados, en el que se han adjudicado una treintena de destinos, incluidas las dos plazas de magistrado de la nueva Sala de Apelación de la Audiencia Nacional.

Velasco y López fueron dos de los 33 miembros de la Carrera Judicial que solicitaron esas plazas.

La Permanente ha adoptado esta decisión por mayoría de 6 votos a 2; los de los vocales Álvaro Cuesta y Pilar Sepúlveda.

La Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone que la provisión de plazas de esta nueva Sala de Apelación de la Audiencia Nacional se resolverá a favor de quienes, “con más de quince años de antigüedad en la carrera, hayan prestado servicios al menos durante diez años en el orden jurisdiccional penal, prefiriéndose entre ellos a quienes ostenten la condición de especialista”.

Esta circunstancia solo concurre en dos de los solicitantes, Eloy Velasco y Enrique López, que de este modo obtienen las plazas a concurso “con preferencia sobre los peticionarios con mejor número de escalafón, y ello de conformidad con el informe emitido por el Gabinete Técnico del Consejo.

La nueva Sala de la Apelación de la Audiencia Nacional entrará en funcionamiento el próximo 1 de junio.

La creación de esta nueva sala de apelaciones viene obligada por numerosas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que advierten de la inexistencia en España de una segunda instancia penal efectiva.

Para el órgano europeo la no existencia de esta segunda instancia conculca derechos fundamentales, la revisión en casación no cumple con los requisitos legales para ello, puesto que no permite una nueva revisión de las pruebas.

Por su parte, Eloy Velasco estaba ejerciendo en un puesto en el que no era el titular, ya que el Juzgado Central de Instrucción número 6 corresponde a Manuel García Castellón.

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