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El Defensor del Pueblo pide un sistema de registro para los asilos de inmigrantes

Francisco Fernández Marugán denuncia que el sistema ha expulsado a inmigrantes antes de permitirles acceder al programa de los centros de alojamiento

Jorge Martín
Jorge Martín
Graduado en periodismo y con un Máster en Locución. Creador y escritor de Rebobinando el cine. Cinéfilo y fotógrafo.
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análisis

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El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha recomendado a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras que imparta instrucciones para que se establezca un sistema de registro de las solicitudes de asilo en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) que cumpla con la Ley de Procedimiento Administrativo Común. Marugán ha denunciado la expulsión de inmigrantes antes incluso de que éstos pudiesen acceder al programa de alojamiento en los centros.

El Defensor del Pueblo sostiene que se han dado casos en los que la apertura del buzón se ha producido con posterioridad a la ejecución de las expulsiones o devoluciones de los solicitantes.

Según Marugán esto apunta que este sistema no cumple con la normativa en materia de procedimiento e impide que los internos tengan garantías de acceso al procedimiento de protección internacional ya que su deseo de solicitarla no se registra y no reciben ningún recibo que acredite su petición.

Además, la institución señala que la falta de acceso al procedimiento de solicitud de protección internacional de los internos de los CIE también vulnera las normas de la Unión Europea y los tratados internacionales aplicables en la materia y puede poner en peligro la vida e integridad de estas personas.

En opinión del Defensor mientras no exista una regulación específica para registrar las solicitudes de protección internacional, la Comisaría General de Extranjería y Fronteras debe dictar instrucciones para que dichas solicitudes “sean tramitadas de forma inmediata”. Marugán también ve necesario que se entregue copia de la misma al interno para que tenga garantizado los derechos que conlleva la condición de solicitante, entre los que está la suspensión de los procedimientos de expulsión y devolución.

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