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El Constitucional acrecienta su descrédito

El varapalo de Estrasburgo o la confirmación de la legalidad de la polémica ley Wert cuestionan la imparcialidad del órgano constitucional

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El Tribunal Constitucional se creó al amparo de la Carta Magna española para velar por su cumplimiento y desde la primera sentencia que fallaron sus magistrados el 26 de enero de 1981 ha creado una extensa jurisprudencia, compuesta por más de 8.000 sentencias y unos 17.000 autos. Casi cuatro décadas después, el crédito de este tribunal está comenzando a resquebrajarse a un ritmo vertiginoso nada usual hasta ahora, con una serie de sentencias que ponen seriamente en entredicho tanto la imagen de imparcialidad que debe dar este órgano constitucional como la de los magistrados que deben ejercer sus funciones de intérpretes supremos de la Carta Magna.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera libertad de expresión lo que el TC confirma como delito de injurias a la Corona

Un tribunal de referencia a nivel continental como es el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, propinó hace sólo unos días un serio revés a la constitucionalidad de un delito del Código Penal español como es el tipificado como injurias a la Corona. Está contemplado en los artículos 490.3 y 491 del Código Penal español y prevé penas de prisión de cuatro a veinticuatro meses.

El tribunal europeo dictaminó que quemar fotos del rey no sólo no debe penarse con cárcel, como así lo corroboró el Constitucional tras una sentencia de la Audiencia Nacional, sino que es un hecho enclavado dentro de lo que debe considerarse como un ejercicio de libertad de expresión. Dos jóvenes fueron condenados a pagar una multa de 2.700 euros tras conmutarse la pena de 15 meses de prisión, a la que fueron condenados por quemar una fotografía de los Reyes en Girona en el año 2007. La pena de prisión sólo se conmutó por la multa después de que los condenados lo solicitaran en amparo. Cuando el TC decidió negar el amparo solicitado en 2015, los cuatro magistrados progresistas emitieron otros tantos votos discrepantes con la sentencia del Constitucional.

El fallo del tribunal europeo es demoledor y deja en muy mal lugar a la alta instancia judicial que vela por el cumplimiento de la Constitución Española. Por unanimidad, el tribunal con sede en Estrasburgo subraya que quemar esta imagen “no fue un ataque personal contra el rey de España destinado a despreciar y vilipendiar” a dicha institución, sino “la expresión simbólica del rechazo y crítica política” en lo que constituye un ejercicio democrático de libertad de expresión.

El mismo día que se hizo pública la sentencia del TEDH el parlamento español debatió una propuesta de ley presentada por Esquerra Republicana de Catalunya para despenalizar los delitos de injurias a la Corona y de ultraje a España. La propuesta fue rechazada con los votos de PP, PSOE y Ciudadanos.

La última de las sentencias polémicas que están acrecentando este descrédito del TC es la que se conocerá este martes 20 y que ha adelantado la Cadena Ser. El Pleno del Constitucional tiene previsto otorgar su pleno respaldo a los puntos más conflictivos de la polémica Ley Wert, conocida técnicamente como Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), recurrida en el año 2014 por el PSOE. De este modo, el TC se posiciona claramente a favor de las tesis de la Iglesia católica y en contra de una educación pública laica.

Uno de los puntos más controvertidos de esta ley aprobada en solitario por la mayoría absoluta que ostentaba entonces el Partido Popular, recibe el beneplácito del TC: la financiación publica de los colegios que segregan a sus alumnos por sexo. La mayoría conservadora del tribunal ha sido determinante para que el fallo avale las tesis de los colegios religiosos que reciben subvenciones públicas pese a que en sus clases se segrega por sexos a los alumnos. El Gobierno andaluz también ha recibido reveses en este mismo sentido por parte del TC.

Además, los magistrados conservadores del TC que dan su visto bueno a la ley educativa del ex ministro Wert también reconocen que estos centros educativos tienen el derecho de “seleccionar” a los alumnos y permitir la segregación a los estudiantes en “itinerarios académicos”. El fallo del Constitucional respaldará la limitación de la participación de las familias en los consejos escolares y además creen adecuado el tratamiento de la asignatura de religión es el adecuado, imponiendo una alternativa obligatoria a la clase de religión.

Pero si hay una decisión que estos días todos los partidos están esperando del Tribunal Constitucional es la que hace referencia a la legalidad o no de la prisión permanente revisable, recurrida en junio del 2015 por todos los grupos de la oposición en el Congreso de los Diputados, al entender que se equipara este delito con una “cadena perpetua encubierta”.

También las decisiones falladas por el TC respecto al conflicto con Cataluña han puesto en el punto de mira la presunta imparcialidad de un tribunal que ahora ya no solo cuestionan algunas instancias a nivel nacional sino que también son puestas en duda por organismos internacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal Constitucional de España tomó como referencia en su concepción orgánica otros modelos internacionales, entre los que destacan los de Alemania, Austria, Italia y México, y ha constatado la conveniencia de las vías de cooperación internacional en todas sus formas, tanto a través de contactos bilaterales como a través de reuniones multilaterales. Pero las últimas decisiones están colocando a este tribunal en una insostenible posición a nivel europeo, como viene quedando demostrado, por ejemplo, con el revés de la sentencia respecto al delito de injurias a la Corona.

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2 COMENTARIOS

  1. Menús de 250€por persona para el hemerito y la hija paseos por los lagos suizos para el yerno y el otro esquiando con su familia mientras los verdaderos soberanos están en las calles por no poder llegar a fin de mes

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