Condenado por primera vez un asesino machista con el agravante de desprecio de género

La Audiencia de Asturias condena a 22 años a un hombre que mató a golpes a su pareja por la espalda con una mancuerna

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La justicia da pequeños pero decisivos pasos en la lucha contra la violencia de género. Por primera vez un tribunal de justicia en España ha contemplado el agravante de desprecio de género en la condena de un asesino machista.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a 22 años y 6 meses de prisión a un hombre como autor de un delito de asesinato ya definido, concurriendo los agravantes de desprecio de género y parentesco y la atenuante de confesión.

En esta sentencia pionera en España ha sido ponente su presidenta, Covadonga Vázquez Llorens, y de acuerdo con el veredicto de un jurado popular. Este fallo es el primero en el que se aplica la nueva agravante de desprecio de género que entró en vigor el pasado mes de julio.

Este nuevo concepto del Código Penal pretende castigar los crímenes contra las mujeres, por el simple hecho de ser mujeres o por estar bajo un dominio y superioridad.

Este nuevo concepto del Código Penal entró en vigor en julio

El jurado ha declarado probado que el condenado asesinó a su pareja , el 5 de noviembre de 2015, asestándole varios golpes en la cabeza y por la espalda con una barra de mancuerna, cuando ambos estaban en el piso de alquiler que compartían en el centro de Oviedo. Cuatro días más tarde se entregó en Gijón y confesó su crimen.

De acuerdo a estos hechos, el tribunal popular lo declaró culpable por unanimidad, aplicándole el atenuante de confesión y las agravantes de parentesco y desprecio de género, que habían solicitado las acusaciones.

La Fiscalía, las acusaciones, el abogado del Estado y la defensa solicitaron entonces 22 años y seis meses de prisión para el hombre y además, la fiscal y la acusación particular reclamaron 200.000 euros de indemnización al hijo de la fallecida, peticiones ambas que han sido ahora confirmadas en la sentencia, que no es firme y contra la que puede interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

 

2 COMENTARIOS

  1. hasta fechas muy recientes en los bares de barrio, fuese en barrio de Salamanca, Chamberí, o Villaverde, en los pueblos de Andalucía, los varones comentaban también en las oficinas y ante sus amiguetes sacando pecho de orgullosos qiue estaban que había molido a palos a su mujer porque no le había puesto un filete o se lo había puesto pero estaba demasiado hecho o no en el punto de cocción que a el le gustaba, otras, comentaba que hacía oposición a una buena paliza si le pedía menos visitas al bar y más preocuparse por los hijos. Esta es una buena sentencia, y lo mejor, que aparezca la cara del maltratado, que lo conozcamos para vetar su contacto.

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