Esta vez han sido los colegios de abogados de Madrid y Alcalá de Henares los sancionados por la CNMC. Pero, además, hay abiertos expedientes también sancionadores contra los colegios de Valencia, Barcelona, Ávila, La Rioja, Vizcaya, Tenerife, Albacete, Ávila y Sevilla. Competencia investiga las recomendaciones sobre honorarios y posibles acuerdos entre bufetes para sobrefacturar las costas judiciales en juicios como el de las preferentes de Bankia. La entidad bancaria se había quejado del excesivo importe que los despachos ganadores de los pleitos habían puesto en las facturas que les fueron remitidos al haber sido condenados en costas.

La multa del colegio de abogados de Madrid, de 459.024 euros se debe a infracciones cometidas por la corporación contra la libre competencia al realizar recomendaciones de precios mínimos a sus colegiados. «Según la Ley de Colegios Profesionales, el ejercicio de las profesiones colegiadas debe realizarse en régimen de libre competencia y está sujeto, en cuanto a la oferta de servicios y formación de precios, a la Ley sobre Defensa de la Competencia (LDC). Esta prohíbe la existencia de recomendaciones colectivas de precios, incluso aunque sea a través de baremos de carácter meramente orientativo». Este es el argumento utilizado por la CNMC para elevar tal sanción. En 2013, el Colegio de Abogados de Madrid publicó unos baremos de precios para “orientar” a sus afiliados sobre las tarifas a aplicar en cuanto a costas judiciales se refiere. En el comunicado del ICAM no aparecen recomendaciones sino cifras concretas, circunstancia que ha provocado la apertura del expediente y la posterior sanción.

Al Colegio de Alcalá de Henares se le multa con 25.264 euros porque, en 2013 en su página web, publicó unos “criterios orientativos” para sus afiliados en los cuales aparecía un listado de precios que se debían de cobrar en cada procedimiento. Además, en este caso hay que añadir que el colegio insiste, para general conocimiento, que en sus estatutos se prohíbe la “cuota litis”. Esta tarifa consiste en un pacto entre abogado y cliente mediante el cual, el letrado sólo recibe un porcentaje del resultado obtenido una vez se haya resuelto el pleito. Competencia considera estos estatutos contrarios a la Ley de la Competencia y exige su retirada.

Los expedientes abiertos a nueve colegios de abogados obedecen a la denuncia presentada por Bankia contra varios despachos de abogados, entre ellos Arriaga Asociados, Bufete Rosales, Caamaño Concheiro y Seoane Abogados. La Comisión de los Mercados y la Competencia sospecha que se pusieron de acuerdo en las reclamaciones de las costas a que fue condenada a pagar la entidad. Unas costas excesivas que ha supuesto a Bankia el desembolso adicional de 150 millones de euros.

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