El informe del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea rechazando la retroactividad total de las devoluciones del dinero percibido por las cláusulas suelo, y la decisión de Bankia de devolver el dinero de las preferentes dejan a muchos despachos de abogados sin clientela y, sobre todo, sin poder cobrar las costas que suelen generar este tipo de demandas. Algunos piensan en cambiar de actividad y manifiestan públicamente “su ruina”.

Miles de clientes, convencidos mediante soportes de agresivas campañas publicitarias, como es el caso de Arriaga, habían decidido presentar demandas contra los bancos para conseguir la devolución de su dinero. Sobre todo, los afectados por hipotecas con cláusulas suelo, preferentes, convertibles, acciones de la OPA de Bankia, o las emisiones de gases de Volkswagen.

Los servicios más solicitados han sido los de las cláusulas suelo y las preferentes. En el primero de los casos, los procedimientos continuarán hasta que haya sentencia del TJUE, cosa que sucederá a finales de año. La gran mayoría de los jueces que entienden de estas demandas habían manifestado su deseo de esperar al fallo del tribunal de la Unión Europea. La demanda más importante fue la presentada por la asociación de consumidores Adicae en el juzgado mercantil nº 11 de Madrid. La titular de dicho juzgado declaró, en sentencia de abril pasado, la nulidad de las cláusulas. Pero las entidades demandadas han recurrido y es muy probable que la Audiencia Provincial decida estimar parcialmente dicha apelación en el sentido de ratificar la nulidad pero dejando sin efecto la retroactividad de la devolución. A todo lo más que se puede aspirar será al cobro de cantidades indebidamente cobradas desde la sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2013 que sólo afectaba a BBVA y Abanca. Existe otra sentencia contra el Popular de principios de año. Pero hay entidades, como el Sabadell, que insisten en que las cláusulas suelo de sus contratos hipotecarios “son transparentes y no tienen nada que ver con las anuladas judicialmente”. Así las cosas, es difícil que en estas demandas se condenen a las partes demandadas a pagar las costas. Aquí, los abogados lo tienen bastante difícil.

Lo mismo ocurre con las demandas individuales. Ausbanc, probablemente la mayor entidad con este tipo de demandas, ya que no podía presentarlas colectivamente, se encuentra en una situación difícil. Sus abogados se han quedado con las carteras de clientes pero ven, ahora, que no van a cobrar un euro.

En el asunto de las preferentes todavía quedan entidades que no han llegado a acuerdos con los afectados. Además de Bankia, la gallega Abanca cuenta con un buen número de afectados. Con ellos se está intentando llegar a un acuerdo para no acudir a los tribunales de Justicia y otro tanto de lo mismo ocurre con Caixabank, Cajasur y Santander. Todos los bancos son conscientes de lo caros que son los procedimientos judiciales. Bankia, incluso, se ha quejado a la Comisión Nacional de la Competencia y Mercados, CNMC, que ha sancionado a varios colegios de abogados por “inflar” las costas de estos procedimientos. (Ver en Diario 16 La venganza de los bancos que pierden las demandas judiciales de sus clientes).

En cuanto a las acciones de Bankia, el Supremo  falló que el folleto remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores contenía información falsa. Bankia decidió acatar la sentencia y comprar las acciones de los afectados más un 1% de intereses. Los despachos perdieron 500 millones por este acuerdo.

Quedan, todavía las demandas por las emisiones de gases de Volkswagen. Y muy probablemente, tal y como nos señalan en un despacho de abogados, tras la información de Diario 16 sobre el cálculo de la TAE en los préstamos (Otra cláusula abusiva: regalamos a los bancos 5 días de intereses por cada año vigente), comiencen a presentarse demandas en torno a este asunto.

Aún así, los despachos de abogados se quejan de que “el informe del Abogado General del TJUE se haya basado en razones macroeconómicas para rechazar la retroactividad total. Si una cláusula es abusiva y por tanto nula, debe tener como efecto inmediato una contraprestación recíproca y la retroactividad», señalan en uno de esos despachos.

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