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Cerrar bien las piernas o gritar “no”, condiciones para que los jueces condenen por violación

Los magistrados extienden con asiduidad las dudas sobre el grado de oposición que las víctimas ejercen sobre sus agresores

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análisis

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Cuando uno de los tres magistrados que juzgan en Pamplona la presunta violación grupal de una joven madrileña de 18 años le preguntó hace unos días de forma reiterada a la denunciante si dijo expresamente “no” cuando sus presuntos violadores quisieron mantener relaciones sexuales con ella, C., la presunta víctima fue contundente al repetir “no” a cada una de las insistentes preguntas. Ese “no” no lleva implícito directamente un consentimiento como han intentado argumentar los cinco jóvenes sevillanos autodenominados La Manada durante su declaración de este miércoles en el juicio que se sigue contra ellos por violación en la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra. La joven fue contundente al asegurar que entró en estado de shock y mantuvo una actitud completamente pasiva para que la pesadilla terminara cuanto antes. Sus secuelas psicológicas aún perduran, según los forenses que la han examinado.

Una fiscal rebaja la petición de cárcel de 15 a 5 años para dos presuntos violadores por la “moderada” borrachera de la víctima

En correlación con la intencionalidad de la citada pregunta del juez de Pamplona, tampoco supuestamente existe motivo alguno para que una fiscal de Granada haya rebajado la petición de pena de cárcel de 14 años a cinco para dos jóvenes acusados de violar a una mujer a la que conocieron esa noche en una discoteca de la ciudad andaluza por el simple motivo de que la embriaguez de la denunciante era sólo “moderada”.

De este modo, al margen de las contradicciones que siempre se buscan en la víctima con inusitado encono, el condicionante de la embriaguez “moderada” supuestamente es necesario para que un juez condene por violación. Es decir, se hace prácticamente obligatorio para las víctimas estar borrachas como cubas para certificar que no son conscientes de que están sufriendo un posible abuso sexual.

Este caso juzgado la pasada semana en la Sección Segunda de la Audiencia de Granada por presunta violación incide de nuevo en el conflictivo asunto del consentimiento expreso o no de la víctima. La mujer, que reconoció haberse tomado una cuarta copa en una discoteca de Granada con los dos acusados, a los que conoció allí, e incluso haberse besado con uno de ellos, aseguró no recordar nada más hasta despertar a primera hora de la mañana en la habitación de un hotel, desnuda de cintura para abajo y con el pelo mojado. Ellos lo niegan todo y aseguran que todo fue sexo “consentido”. No se practicaron pruebas periciales que corroboraran la posibilidad de que la joven hubiera sido intoxicada con burundanga o algún otra sustancia tóxica, pero la fiscal da por hecho que en aquella habitación de hotel “hubo vómitos y pérdida de memoria” de la presunta víctima, por lo que “no podía prestar un consentimiento válido”. Pese a todo, rebaja la petición de pena de cárcel para los dos acusados de 14 a cinco años, mientras que la defensa de la joven reclama 15 años de prisión para cada uno de los dos acusados de violación.

También queda ya en el recuerdo el caso de la jueza de Vitoria María del Carmen Molina Mansilla, que en febrero de 2016 preguntó a una mujer víctima de agresiones sexuales por parte de su expareja si había cerrado bien las piernas. El pasado julio de este año, la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidió archivar el expediente abierto contra ella en un caso que causó indignación y protestas de numerosos colectivos feministas, entre ellos la Asociación Clara Campoamor, que pidió sin éxito que se apartara del cargo a esta juez “por constante vulneración de derechos” de mujeres víctimas de violencia de género. Las preguntas concretas de la juez de Vitoria que debió responder la víctima de malos tratos fueron: “¿Cerró bien las piernas? ¿cerró toda la parte de los órganos femeninos?”.

Distintas asociaciones de defensa de mujeres insisten en criticar que el estamento judicial cae con relativa frecuencia en el error de poner el foco y extender la duda sobre las veracidad de las denuncias de las presuntas víctimas. En el caso que la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra está enjuiciando estos días ha vuelto a suceder con la insistencia de uno de los jueces del tribunal sobre si la denunciante se negó expresamente a mantener sexo con sus agresores, conscientes todos ellos de que en muchos casos un silencio guarda infinito más dolor y vulneración que cualquier grito de “no” propalado a los cuatro vientos.

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1 COMENTARIO

  1. Fíjense ustedes a donde llega pensar. Una mujer casada puede denunciar a su marido por esta cuestión, al menos sobre el papel. Ligadas las oportunas asimilaciones, yo me pregunto:
    Hay una muchacha denunciante de una violación múltiple; hay unos muchachos que se jactan en redes de follar consentidamente a una muchacha; hay un portal donde suceden los hechos; hay la evidencia de que esta muchacha no se encontraba demasiado bien porque llegó a contar a cuatro; ellos dicen que consintió de palabra con los cinco; hay la evidencia de que la abandonan y se llevan el móvil tras grabarla con los suyos.
    Blanco y en botella.
    La joven denuncia y ruega al tribunal mantener su anonimato. No se respeta e incluso se aportan detalles de su vida privada que no son confesiones o contradicciones a lo denunciado. Se admite esta prueba y se muestra en el tribunal. Incluso hay gente fuera de la instrucción que accede a estos contenidos y nada parece punible.
    Lejos de suspicacias yo creo que tal violación continua a día de hoy y sin màs de cinco los implicados.

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