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Así falla contra las maltratadas el juez que quiso absolver a La Manada

Ricardo González muestra en sus sentencias recientes una nula receptividad en las denuncias de víctimas de violencia de género

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análisis

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La jurisprudencia más reciente dictada por Ricardo Javier González González, el magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra que ha emitido un voto particular reclamando su absolución en la sentencia condenatoria por abuso sexual de los cinco jóvenes sevillanos de La Manada, evidencia que este juez muestra escasa o nula empatía con las víctimas de violencia de género. A esto se suman las enigmáticas declaraciones realizadas por el ministro de Justicia, Rafael Catalá, asegurando que este magistrado tiene “algún problema singular”, añadiendo su sorpresa por que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no actúe contra él.

El ministro de Justicia subraya el “problema singular” del juez discrepante en la condena a la Manada y apunta al CGPJ

Algunas de las ultimas sentencias dictadas recientemente por González este mismo año como magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra corroboran su falta de empatía con la causa de la violencia de género. Desde marzo del año 2001, Ricardo Javier González ocupa plaza en este tribunal tras ejercer anteriormente como titular del juzgado de Primera Instancia número 6 de Bilbao. De esta época anterior data su suspensión temporal dictada por el CGPJ a causa de la excesiva dilación en la tramitación de las causas. Sin ir más lejos, el fallo de La Manada se ha demorado cinco meses en un juzgado ampliamente conocido por sus continuos retrasos a la hora de dictar sentencias.

Diario16 ha consultado algunas de las últimas sentencias dictadas por este juez y en ellas se deja entrever sin duda alguna una nula receptividad a las denuncias interpuestas por presuntas mujeres maltratadas y víctimas de violencia de género. En un fallo dictado el pasado diciembre por el tribunal compuesto por los mismos tres magistrados que han emitido la sentencia contra La Manada, aunque en este caso el ponente es Ricardo Javier González, se decide absolver a un hombre acusado de dos delitos de agresión sexual, otro en grado de tentativa y una falta de injurias, así como de los delitos de maltrato habitual y otro de maltrato no habitual del que venía siendo acusado por la mujer con la que convivía, después de que ésta decidiera retirar la acusación particular contra su presunto agresor.

 

Otra sentencia dictada el pasado marzo desestimaba íntegramente el recurso de apelación presentado por una mujer contra la absolución de su ex pareja, dictada anteriormente por un juzgado de lo Penal de Pamplona en un caso relativo a un presunto delito de maltrato no habitual en grado de tentativa y del delito de amenazas leves. Ambos tienen un hijo en común fruto de su relación, y en una entrega habitual del menor acordada tras el divorcio, los hechos probados de la sentencia constatan que el niño “comenzó a llorar” al bajarse de vehículo y se abrazó a su madre, “intentando ésta calmarle”.

El padre se acercó a ambos “sin que se haya probado que arrancara al hijo de los brazos” de la madre, “ni que debido a que continuaba llorando, I. (la madre) cogiera de la mano al niño acariciándolo y tratando de tranquilizarlo, ni que fuera a besar al hijo común, ni que en ese momento A. (el padre) abriera mucho la boca tratando de morder en el brazo a I. en varias ocasiones, ni que a la vez gritara ‘déjalo, déjalo, que se va a poner peor’, ni que no consiguiera morder a I. porque ésta retiró rápidamente el brazo, ni que A. Profiriera alguna expresión insultante o amedrentadora hacia I.”. El fallo del juzgado de lo Penal 5 de Pamplona constata que “existen malas relaciones” en la ex pareja, “con varias denuncias y procedimientos civiles entre ellos”.

El tribunal de La Manada absolvió en diciembre a un hombre de dos delitos de agresión sexual, otro en grado de tentativa y también de maltrato habitual

Pese a todo ello, el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra que juzga este recurso de apelación sobre el fallo absolutorio inicial decide desestimar “íntegramente” el recurso de apelación e impone las costas procesales a la apelante. En este caso, el tribunal es el mismo que ha juzgado a La Manada, aunque en este caso el ponente es el propio Ricardo Javier González, siendo el presidente José Francisco Cobo, y acompañado también por la magistrada Raquel Fernandino.

Otra sentencia dictada por Ricardo Javier González apenas tres días después de esta anterior el pasado marzo vuelve a “desestimar íntegramente” otro recurso de apelación interpuesto por una mujer reconocida como víctima de violencia de género por el Ayuntamiento de Pamplona. En este caso, se trata de una denuncia de falta de injurias o vejaciones sobre su ex pareja durante una conversación telefónica mantenida con él, que en ese instante se encontraba en un vehículo de viaje con la hija menor de ambos. La denunciante llamó por teléfono al acusado con la intención de hablar con la niña. En el transcurso de la conversación de la madre con la mejor, que la denunciante graba, “se escucha al acusado decir a la citada denunciante, tras decir ésta a la niña ‘o sea, que papá está mejor, ¿verdad?’, el acusado le responde: “qué idiota eres”. El fallo dictado por el magistrado Ricardo González desde la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra es idéntico a otros: desestimar “íntegramente” el recurso de apelación de la denunciante y víctima de malos tratos.

Otra sentencia de similares características fue dictada por este magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra el 6 de febrero pasado. En ella vuelve a desestimar íntegramente el recurso de apelación interpuesto por una mujer contra su ex pareja después de que el juzgado de lo Penal 5 de Pamplona no contemplara delito de violencia doméstica y de género durante unos hechos que ambos tribunales no consideran probados. Durante la entrega del menor por parte del padre a su madre, la denunciante apunta que su ex pareja le atrapó el pie derecho tras cerrar con fuerza la puerta del lugar donde se realizan las entregas y recogidas de los hijos. Pese a que la denunciante presentó un parte de lesiones consistente en un esguince de tobillo del que tardó 20 días en recuperarse, los jueces no consideran probado que la denunciante “sintiera ningún golpe o dolor, ni que gritara, ni que B. (el padre) abriera nuevamente la puerta del portal, ni que la cerrara de manera inmediata, ni que lo hiciera con fuerza, ni que golpeara nuevamente y de la misma forma el pie derecho” de la mujer. La primera sentencia recuerda que la ex pareja mantiene “malas relaciones, habiendo tenido multitud de procedimientos penales y civiles relacionados con la guarda y custodia de los hijos comunes”. El juez Ricardo Javier González vuelve a desestimar “íntegramente” el recurso de apelación de la denunciante.

El ministro de Justicia ha asegurado en un programa de la Cadena Cope que “en España tenemos 5.500 jueces magníficos y muy profesionales, pero, como en todas las corporaciones, hay algunas personas con dificultades”. “Si en el Tribunal Superior de Justicia de Navarra conocían esta situación, debería haberse actuado preventivamente”, critica Catalá.

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4 COMENTARIOS

  1. grandisimo articulo señor blanco en el que junto a los de don esteban cano reconozco el verdadero espiritu de diario 16 el que me hizo ser suscriptor durante mas de 20 años. leer estos articulos me rejuvenecen porque me vuelven a lajuventud en la que el periodismo sin complejos de diario 16 construyo una democracia. gracias diario 16 gracias natalio blanco gracias eteban cano

  2. El lobby del negocio de la violencia de género quiere que toda denuncia de una mujer sin pruebas, sea condena. Así hay más dinero y negocio de odio para repartir. Pues lo que describe este artículo son sentencias ajustadas en derecho y en su mayoría confirmatorias de instancia, donde varios jueces opinan lo mismo (por cierto, una jueza también, será machista ¿no?). En derecho penal, uno es inocente (aunque sea hombre) si no se demuestra lo contrario. Sentencias que demuestran cuantas denuncias falsas son puestas por mujeres por venganza, buscar ventajas en sus divorcios, o promovidas por los abogados del negocio VIOGEN para ganar dinero. Reconocida como víctima por el ayto … vergonzoso, cuando los juzgados dicen que no … pero claro, dinero para la «afectada» y dinero para las asociaciones feministas que viven de nuestros impuestos

  3. Por cierto, a ver si el «escribiente» aprende un poco de Justicia. Las sentencias de un juez de Audiencia NO SON JURISPRUDENCIA, sólo las del Tribunal Supremo o Tribunal Superior de Justicia, o sea, a esperar el fallo de éstos. Aunque lo vuestro es la justicia «popular», o sea, la injusticia de condenar o no a la gente según de que ideología es. Y la sentencia fue votada por 3 jueces (1 de ellos mujer), y me creo que el Tribunal Supremo lo confirmara (o como mucho añadirá 1 año a la condena). Espero un artículo similar sobre la «manada» de Alsasua, pero también pidiendo su condena, por agredir a mujeres sólo por odio terrorista

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